MODO DE UTILIZACIÓN
REQUISITOS
MAS INFORMACIÓN
MODO DE UTILIZACIÓN
- Permitirá que dichas personas aparquen sus vehículos más tiempo del autorizado en los lugares de tiempo limitado.
- Reservará en las proximidades de los edificios públicos y en todos aquellos lugares donde se compruebe que es necesario, plazas de aparcamiento para los vehículos de estas personas, debidamente señalizadas con reproducción de símbolo internacional de accesibilidad.
- Permitirá a los vehículos ocupados por dichas personas estacionar en cualquier lugar de la vía pública durante el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones
REQUISITOS
- Es indispensable tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y, además, alguna de las siguientes circunstancias:
- Presentar graves problemas de movilidad reducida:
- Ser usuario/a de silla de ruedas.
- Dependencia absoluta de dos bastones para deambular.
- Presentar conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales.
- O en su defecto, alcanzar al menos 7 puntos en el baremo de valoración de movilidad vigente (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre).
- Presentar graves problemas de movilidad reducida:
- Tener reconocida una deficiencia visual que implique un grado de las limitaciones en la actividad igual o superior al 65%.
- Ser menor de tres años y presentar una discapacidad grave/muy grave.
MAS INFORMACIÓN
- Ordenanza municipal sobre accesibilidad y barreras arquitectónicas (Articulo 47)