a) Reserva de plaza de aparcamiento, previa la oportuna solicitud al Ayuntamiento de Huesca y justificación de la necesidad, en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo.
b) Estacionamiento sin límite horario en las reservas especiales creadas para personas con movilidad reducida, que estarán señalizadas con señal vertical de tráfico complementada con un disco adicional que reproduzca el símbolo internacional de accesibilidad y con marcas viales.
c) Estacionamiento en las zonas de aparcamiento limitado durante el tiempo necesario.
d) Parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, durante un tiempo máximo de una hora, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
e) Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasiones perjuicios a los peatones o al tráfico y se cumplan las siguientes condiciones:
a. Dejen paso libre superior a 3 metros en calles de una dirección o de 6 metros para calles de doble dirección.
b. Si se sitúa en una vía de malla básica previstas en el Anexo de la Ordenanza General de Tráfico, la operación se realizará fuera de los tiempos de circulación intensiva (prohibido de 7’30 a 9’30, de 11’30 a 14 y de 17’30 a 20’30).
c. No se obstaculice gravemente el tráfico.
d. No se sitúen en paradas de autobús público.
e. El estacionamiento sea paralelo al bordillo.
f. No se obstruya el paso de un badén en su horario permitido.
g. No se dificulte la visibilidad en esquinas, curvas o cambios de rasante.
h. No se obstruya un paso de peatones señalizado, debiendo dejar libre para el peatón más de 1,50 metros de anchura.
f) Estacionamiento sobre aceras sin pavimentar, sin límite horario, siempre que dejen al menos un metro libre para el paso de peatones y no se sitúe frente a locales de concurrencia pública.
g) Estacionamiento en cualquier reserva oficial, salvo en las relacionadas con la Seguridad Pública, y durante tiempo máximo de 30 minutos.
h) Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes o usuarios autorizados siempre que el destino se encuentre en el interior de la zona.
I) En zonas ORA exención del pago de las tasas durante dos horas y media
- Tener reconocida la condición de persona con movilidad reducida por la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de Huesca (IASS).
- Se necesita como mínimo un baremo de movilidad de 7 puntos para poder obtener la tarjeta.
- Presentada la solicitud de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida el Ayuntamiento remitirá copia de la misma al equipo de valoración y orientación de los Centros Bases de Atención a Minusválidos, dependientes del Departamento de Bienestar Social y Trabajo del Gobierno de Aragón, con el fin de que se realice la valoración correspondiente. El informe del mencionado Centro tiene carácter preceptivo para la concesión de la tarjeta por parte del Ayuntamiento.
La concesión de la tarjeta caducará a los diez años en el caso de que la calificación de la disminución sea permanente. Si la calificación de la disminución es provisional, caducará cuando haya transcurrido el plazo que se indique en la misma.
- Ordenanza general de tráfico del Ayuntamiento de Huesca (Articulo 15)
- Ordenanza reguladora del estacionamiento para personas conmovilidad reducida del ayuntamiento de Huesca (Articulo 5)