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C/ Luis Cabrera, 63 Madrid

(TPMR) Burgos

  • Estacionamiento en los lugares habilitados para las personas con discapacidad.
  • Estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado (Zona O.R.A.), respetando el tiempo establecido en las zonas de alta rotación.
  • Parada en las zonas reservadas para carga y descarga, solo por tiempo inferior a 2 minutos y sin que el conductor pueda abandonar el habitáculo del vehículo en ningún momento. No se permite bajo ningún concepto el estacionamiento en estas zonas, ya que el mismo ocasiona un perjuicio al tráfico de la ciudad y a las personas que se dedican al transporte y reparto de mercancías.
  • Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los Agentes de la autoridad.
  • Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.
  • La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas acotadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.
Observatorio de la Accesibilidad
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