MODO DE UTILIZACIÓN
REQUISITOS
MAS INFORMACIÓN
MODO DE UTILIZACIÓN
La tarjeta de estacionamiento permite a su titular, dentro de las vías públicas de competencia municipal en cuanto al tráfico en el término municipal de León, las siguientes operaciones de estacionamiento y detención:
- Estacionamiento sin límite de horario en las reservas especiales creadas para personas con movilidad reducida, que estarán señalizadas con señal vertical de tráfico complementada con un disco adicional que reproduzca el símbolo internacional de accesibilidad y con marcas viales.
- Estacionamiento durante quince minutos como máximo en las reservas de carga y descarga existentes sobre la vía pública, conforme a la Ordenanza y señalización correspondiente.
- Parada del vehículo en la vía pública, siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones:
- Dejen paso libre superior a 3 m. en calles de una dirección o de 6,50 m. para calles de doble dirección.
- No se obstaculice gravemente el tráfico.
- No se sitúen en paradas de autobús público.
- El estacionamiento sea paralelo al bordillo.
- No se dificulte la visibilidad en esquinas, curvas o cambios de rasante.
- No se obstruya total o parcialmente un paso de peatones señalizado de rebaje para discapacitados.
- Estacionamiento en cualquier reserva oficial, salvo en las relacionadas con la Seguridad Pública, y durante tiempo máximo de quince minutos.
- Exención del pago de tasas de estacionamiento en la vía pública en las zonas reguladas por la ordenanza O.R.A.
REQUISITOS
- Tarjeta individual: Podrán ser titulares de la tarjeta individual las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Residencia en el término municipal de León, o en su defecto, acreditación suficientemente justificada de la necesidad de su obtención en este municipio.
- Certificado de movilidad reducida expedido por el órgano competente de la Junta de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social – Gerencia Territorial de Servicios Sociales de León), conforme al anexo II del RD 1971/1999 de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, en l que se acredite un mínimo del 33% de discapacidad y al menos siete puntos de movilidad reducida o por limitaciones físicas a personas con discapacidad que presenten alteraciones de conducta que dificulte la utilización de medios normalizados de transporte. También por discapacidad visual que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior a 0,1, con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
- Dos Fotografías.
- Tarjeta provisional:
- Residencia en el término municipal de León, o en su defecto, acreditación suficientemente justificada de la necesidad de su obtención en este municipio.
- Disponer de certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios públicos de salud y que haya sido validado por la inspección de los servicios sanitarios competentes.
- c) Dos fotografías.
- Tarjeta colectiva:
- Que se trate de una asociación, centro o entidad pública o privada que tenga por objeto la atención de personas con discapacidad, y que con tal finalidad figure inscrita en los servicios y centros de carácter social de Castilla y León.
- Domicilio en el término municipal de León, o en su defecto, acreditación suficientemente justificada de la necesidad de su obtención en este municipio.
- d) La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a que se refiere el artículo 3 apartado C, será personal e intransferible y estará vinculada a un número de matrícula del vehículo destinado exclusivamente a transporte colectivo de personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva personas que se encuentren en situaciones a que se refiere citado el artículo 3 apartado C.
- Que prestan servicios de transporte de personas con movilidad reducida que acrediten que disponen de vehículos para ello, para lo cual deberán aportar la relación de las matrículas de dichos vehículos.
- Copia compulsada del permiso de circulación y tarjeta de características técnicas del vehículo
MAS INFORMACIÓN
- Ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida. (Artículo 5)