Tienen derecho a la Justicia Gratuita:
- Quienes acrediten insuficiencia de medios económicos. En el caso de personas con discapacidad, se les reconocerá este derecho si carecen de patrimonio suficiente y los ingresos económicos brutos no superan el quíntuplo del IPREM establecido anualmente (siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional).
- Con independencia de sus medios económicos, las personas con discapacidad, necesitadas de especial protección, cuando éstas sean víctimas de delitos de homicidio, lesiones, maltrato, en los delitos contra la libertad, en los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y en los delitos de trata de seres humanos.
Consulta si cumples los requisitos, así como todas tus dudas respecto de la justicia gratuita en la web de la Abogacía Española, Consejo General