MODO DE UTILIZACIÓN
REQUISITOS
MAS INFORMACIÓN
MODO DE UTILIZACIÓN
- Estacionar el vehículo en zona ORA sin límite de tiempo y gratuitamente.
- Estacionar en las plazas reservadas de estacionamiento previstas en el artículo 5 de la Ley 3/98, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras de Castilla y León, independientemente del Ayuntamiento que haya emitido la tarjeta para estacionamiento.
- Acceso a las zonas peatonales en horario de carga y descarga. Fuera de este horario se podrá autorizar por el Ayuntamiento la entrada en dichas zonas a petición del interesado, cuando el domicilio de éste, su garaje, etc., quede dentro de dichas zonas.
REQUISITOS
- Podrán ser beneficiarios de la tarjeta de estacionamiento las personas con discapacidad con reconocimiento de minusvalía superior o igual al 33% y con movilidad reducida, según lo establecido en estas normas de la Ordenanza de Circulación y reúnan los siguientes requisitos:
- Que viajen como pasajero habitual de un determinado vehículo conducido por otra persona o como conductores de su vehículo.
- Que sean conductores de su vehículo, aunque no sean residentes en Segovia pero que tengan su lugar de trabajo en esta localidad.
- La condición de movilidad reducida será determinada por el Equipo de Valoración y Orientación del Centro Base, que emitirá un dictamen de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo V del Reglamento de accesibilidad y supresión de barreras de Castilla y León (Decreto 217/01, de 30 de agosto).
- También podrán ser beneficiarios de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad aquéllas entidades o centros públicos o privados que se dedican habitualmente al transporte colectivo de personas con discapacidad.
MAS INFORMACIÓN
- Ordenanza circulación del municipio de Segovia, 2016