En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad. El 2% de las plazas ofertadas se reservará para personas con discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
Existe la posibilidad de solicitar la adaptación en el tiempo y en los medios para la realización de los exámenes.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33% están exentas del pago de la tasa por derechos de examen en las pruebas selectivas convocadas por la Administración pública estatal.
Según la ley de tasas y precios públicos de cada comunidad autónoma o las ordenanzas fiscales de los municipios, puede estar contemplada esta exención de las tasas de examen para empleo público a personas con discapacidad igual o superior al 33%.