C/ Luis Cabrera, 63 Madrid

Grado, certificado y tarjeta de discapacidad

El grado de discapacidad son las distintas posibilidades dentro de una escala, del nivel de dificultad de una persona para valerse por sí misma y para su integración social. Esta discapacidad se valora en grados y porcentajes, y se calcula en función de diferentes aspectos que a continuación se van a enumerar. Pero para dar derecho al cobro de una pensión o ayuda económica, debe ser certificado por organismos de la Administración Pública.

Por todo ello, la declaración de los grados de discapacidad es una definición técnica utilizada por la Administración para valorar la posibilidad de la persona de desempeñar las AVD (actividades de la vida diaria). Y de esa forma establecer la necesidad de subvenciones, ayudas, pensión o asistencia.

Las AVD se dividen en 5 categorías que incluyen una serie de actividades como trasladarse, movilizarse, tener vida sexual, comer, utilizar medios de transporte, aseo personal entre otras:

  1. Autocuidado.
  2. Comunicación.
  3. Actividades físicas.
  4. Actividades funcionales.
  5. Control del sueño.


Se establecen los diferentes grados

  • Grado 1. Discapacidad nula. La persona puede tener síntomas, signos o secuelas de un accidente o enfermedad, pero no hay dificultad alguna para las AVD.
  • Grado 2. Discapacidad leve. Aparecen algunas dificultades para las AVD, pero todas se pueden realizar. Se mantienen los signos, síntomas o secuelas.
  • Grado 3. Discapacidad moderada, acompañada de signos, síntomas o secuelas del accidente o enfermedad. Disminución importante de la capacidad para realizar las AVD, sin embargo, puede realizar las tareas de autocuidado.
  • Grado 4. Discapacidad grave. Afecta las AVD incluso las de autocuidado.
  • Grado 5. Discapacidad muy grave o permanente. Imposibilidad de realizar las AVD.

Porcentajes de discapacidad

Además de los grados, se establece un porcentaje de discapacidad que clasifica la diversidad funcional en 5 clases:

  • Clase 1. Discapacidad 0%. Existe incapacidad, pero no impide realizar las AVD.
  • Clase 2. Discapacidad del 1 al 24%. Coindice con la discapacidad leve.
  • Clase 3. Discapacidad del 25 al 49%. Coincide con la discapacidad moderada. Según la Ley 51/2003, se considera minusválida una persona que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Sin embargo, no representa ninguna prestación económica.
  • Clase 4. Discapacidad del 50 al 70%. Coincide con el grado 4 de discapacidad grave. Si la valoración no alcanza el 65% de incapacidad la persona puede gozar de algunos beneficios fiscales y económicos, pero no de prestaciones económicas. Si supera ese porcentaje puede tener acceso a una pensión no contributiva.
  • Clase 5. Discapacidad igual o mayor al 75%. Es considerada una discapacidad muy grave. Eleva el monto de la pensión contributiva.

Con todo ello, podemos establecer la relación entre grado, clase y porcentaje de discapacidad. En la práctica, cuando coexisten discapacidades de diferentes clases, puede darse que el grado de discapacidad de la combinación sea mayor que el de cada patología individualmente.

El certificado de discapacidad es el reconocimiento administrativo de la discapacidad y su propósito es compensar las desventajas sociales que la discapacidad implica proporcionando acceso a derechos y prestaciones de distinto tipo, con vistas a equiparar oportunidades. Se trata de un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad expedido por la Administración Autonómica en el Centro Base correspondiente. Para que la discapacidad esté reconocida debe tener como mínimo un grado del 33%. La normativa legal por la que se rige es el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (BOE 26 de enero de 2000). 

La tarjeta acreditativa grado de discapacidad es un documento personal e intransferible. Tiene un diseño más cómodo y resistente que el antiguo certificado de discapacidad, está plastificado, se beneficiarán muchas personas ya que es más cómoda de llevar. Esta solicitud se refiere exclusivamente a aquellas personas que ya tengan  reconocido un grado de discapacidad igual o superior  al 33%, vigente en algunas comunidades y se irá implantando próximamente en otras regiones.

Esta Tarjeta acreditativa grado de discapacidad sustituye al certificado de discapacidad en formato papel, que sólo tendrá que ser presentado en el caso de que sea requerido por las Administraciones públicas.

Esta tarjeta acreditativa grado de discapacidad, sirve como carnet identificativo, podrá ser permanente o temporal, único para todos los tipos de discapacidad e incluye medidas de seguridad contra su falsificación, este formato simplifica el acceso a determinados servicios, al que podrán solicitarlo voluntariamente las personas con algún tipo de discapacidad reconocida oficialmente. Tiene el mismo objetivo que el certificado de discapacidad en formato papel y que lo sustituye, sólo tendrá que ser presentado en el caso de que sea requerido por las Administraciones públicas.

Ir al contenido